UNA LEY DE LA NACIÓN DECLARA A PEDRO JUAN CABALLERO Y FULGENCIO YEGROS AUTORES DE LA INDEPENDENCIA

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Paraguaya, Reunidos En Congreso Sancionan Con Fuerza De Ley:

Art. 1º Autorizase al P.E. para la creación de un monumento simbólico de bronce en honor a los Próceres de la Independencia Nacional, ciudadanos Pedro Juan Caballero y Fulgencio Yegros, como iniciadores y autores de la emancipación política de la Nación Paraguaya, cuyos nombres serán grabados en lugar prominente.

Art. 2º En el mismo monumento se grabará el nombre del vencedor en Paraguari y Tacuary, General Manuel A. Cabañas.

Art. 3º El P.E. nombrará una comisión compuesta de cinco ciudadanos que se encargue de formular las inscripciones que debe llevar el referido monumento.

Art. 4º Designase el centro de la Plaza Uruguaya para la colocación del monumento a que se refiere el art. 1º.

Art. 5º El P.E. determinara el modelo del monumento proyectado, disponiendo enseguida su ejecución a la brevedad posible, de modo que pueda ser inaugurada el 14 de Mayo de 1894.

Art. 6º En caso de que la suscripción popular no alcance a cubrir los gastos indispensables para la ejecución de la obra el P.E. llenara el déficit de las rentas generales de la Nación.

Art. 7º Comuníquese al P.E.

Dada en la sala de sesiones del Congreso Legislativo, a los veinte y ocho días del mes de Septiembre de mil ochocientos noventa y tres.

 

El Presidente de la Cámara de Diputados

Rufino Mazó.

Zelada

Secretario.

El Presidente de la Cámara de Senadores

Marcos A. Morínigo.

Melgarejo

Secretario.

 

LEY QUE NUNCA SE CUMPLIÓ O NO SE QUIERE CUMPLIR

Está Ley sancionada por el Congreso de la Nación el 28 de Septiembre de 1893, bajo la Presidencia de Don Marcos A. Morínigo en la cámara de Senadores y el Dr. Remigio Mazó en la Cámara de Diputados, y promulgada por el Poder Ejecutivo el día 29 de Septiembre de 1893, bajo la Presidencia de Don Juan G. González que en su parte dispositiva autorizaba a erigir dicho monumento en homenaje a los Próceres de la Patria, pero que lastimosamente hasta hoy en d ía no se dio cumplimiento a dicha LEY PERO SE VA A CUMPLIR INEXORABLEMENTE SE CUMPLIRÁ, AFIRMO QUE HOY O MAÑANA, PERO SE CUMPLIRÁ.

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